REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-S-2008-017700

La suscrita Juez titular Mariluz Josefina Pérez, se avoca al conocimiento de la presente causa. Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO LUCENA GRATEROL, venezolano, mayor de edad titular de la cédula N° 15.884.602, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en final de calle la Cañada del sector el Turbio, Santa Rosa, , Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, con una superficie de OCHENTA METROS CUADRADOS (80,00 MTS2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Isabel Hernández SUR: José Yépez ESTE: Dilcia Azuaje, OESTE Manuel Torres. Dichas bienhechurias consisten en una vivienda construida de bloques y zinc, cercada con alambre, piso de cemento, que se divide en; un (1) baño, una (1) habitación. El valor invertido es la cantidad de UN MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 1.000,00), teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NANCY CALLES Y MIRIAN GONZALEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano LUIS ALBERTO LUCENA GRATEROL, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PEREZ



EL SECRETARIO


ELIANA HERNANDEZ SILVA



MJP/Carlos