REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 19 de octubre de dos mil diez
198º y 149º
ASUNTO: KP02-F-2006-000262
PARTE ACTORA: ALEXANDRA JACINTA TORREALBA RIVERO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.215.966, domiciliada en el Caserío Río Abajo, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LUIS ANIBAL ALCON, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 117.638, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: TAYLO ELISAUL MONASTERIO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.557.811, domiciliado en el Caserío Río Abajo, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DIVORCIO ORDINARIO.
Se inició el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO, intentado por la ciudadana ALEXANDRA JACINTA TORREALBA RIVERO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.215.966, domiciliada en el Caserío Río Abajo, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara, contra el ciudadano TAYLO ELISAUL MONASTERIO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.557.811, domiciliado en el Caserío Río Abajo, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara, el cual se admitió a sustanciación en fecha 18/09/2006, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y en el mismo se acordó notificar al Ministerio Público y la comparecencia del demandado. En fecha 02/10/2006 diligencio el alguacil titular, consignado la boleta de la Fiscal firmada.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación del tribunal en fecha 18/09/2006, donde admitió la presenta demanda ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana ALEXANDRA JACINTA TORREALBA, contra el ciudadano TAYLO ELISAUL MONASTERIO, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A AMBAS PARTES.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los (19) días del mes de octubre de dos mil diez. AÑOS: 200° y 151°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria,
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/dmg
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