REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiocho de octubre de dos mil diez
200 º y 151º
ASUNTO: KP12-J-2009-000063
Beneficiario: Leonell Antonio Meléndez Salas, titular de la cedula de identidad Nº 20.249.971
Motivo: Autorización Judicial.
En fecha 26 de febrero de 2.009, la Defensora Publica Segunda Suplente de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg Luisana Eastman Lugo, en representación del adolescente (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A.), titular de la cedula de identidad Nº 20.249.971, presento escrito ante este tribunal donde solicito Autorización Judicial para hacer efectivo el cobro de las Prestaciones Sociales y Seguro de vida, por ser Único y Universal Heredero de la ciudadana Saida Coromoto Salas, quien era titular de la cedula de identidad Nº 9.846.406. En fecha 03 de marzo de 2.009, fue admitida la solicitud. En fecha 06 de marzo de 2.009, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes dicto sentencia bajo el número 70-2.009, de Autorización Judicial. En fecha 28 de julio de 2.010, esta juzgadora se avocó al conocimiento de la presenta causa. En fecha 02 de agosto de 2010, se dejo constancia que venció el lapso establecido en el Art. 90 del Código de Procedimiento Civil.
Este Juzgado observa:
Visto que la presente causa ha finalizado por cuanto el beneficiario ha adquirido su mayoridad, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la presenta causa y se ordena su remisión al archivo judicial. Carora, 28 de octubre de 2010. Año 200º y 151º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. SAILIN J RODRIGUEZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 348 – 2.010 y se publicó siendo las 01:12 p.m.
LA SECRETARIA
Abg. SAILIN J RODRIGUEZ
KP12-J-2009-000063
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