REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 19-de octubre de 2010
200° y 151°

AUDIENCIA PRELIMINAR
(DESISTIDO)



ASUNTO Nº KP02-L-2010-229

PARTE ACTORA: CARMEN MARISOL IZQUIERDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.541.603

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil FRANKLIN GYM y VICTORIA GYM

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JULIO CESAR DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.202

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 19 de OCTUBRE del 2010, siendo las 9:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el kelvis crespo; quien señala que la parte actora ciudadano CARMEN MARISOL IZQUIERDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.541.603, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada comparece su apoderado abogado JULIO CESAR DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.202. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


LOS COMPARECIENTE

LA SECRETARIA
HILDA QUIÑONES