REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 11 -10-2010
200° y 151°

ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO Nº KP02-L-2009-1902

PARTE ACTORA: BEATRIZ COROMOTO VASQUEZ DE SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 4.376.077
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: EDGAR ISAAC SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.827
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil PRODUCTORA DE EQUIPOS Y COMPONENTES ELECTRICOS, C.A./PRECELCA
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: ELIO LANDAETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.743
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 11 de octubre del 2010, siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el alguacil Jesús Yépez; quien señala que la parte actora ciudadano BEATRIZ COROMOTO VASQUEZ DE SILVA, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada comparece su apoderado abogado ELIO LANDAETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.743. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL DEMANDADO,

LA SECRETARIA