REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIA EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS
AMAZONAS, BOLÍVAR Y DELTA AMACURO.

Ciudad Bolívar, 07 de octubre de 2.010.-
200° y 151°.

ASUNTO: Nº FP02-U-2008-000077 SENTENCIA Nº PJ0662010000138

Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 24 de septiembre de 2.010, por la Abogada Raiza González Rondón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.474.394, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.685, en su carácter de representante de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los siguientes términos: En relación al Capitulo I: Acogiéndose al principio de comunidad de la prueba y de adquisición procesal promueve la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2008/152 de fecha 23 de junio de 2.008. Este Tribunal admite las pruebas promovidas, en cuanto a lugar a derecho, por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, reservándose su apreciación en la definitiva.

Publíquese, regístrese y emítase cuatro (4) ejemplares del mismo tenor. Asimismo, notifíquese de la presente decisión, a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Líbrense los oficios correspondientes.-

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



ABG. YELITZA C. VALERO R.
EL SECRETARIO



ABG. HÉCTOR D. ANDARCIA R.


YCVR/Hdar/jm