Se inicia la presente causa por Cobro de Prestaciones Sociales, presentada ante la U.R.D.D civil en fecha 16 de febrero de 2009 por el ciudadano ROBERTO ALEJANDRO FLORES AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Número V-15.493.923, contra EL REY DE LOS PRECIOS BAJOS, y recibida ante este tribunal en fecha 25 de febrero de 2009, en esta misma fecha se abstuvo de admitir, ya que no cumplía con lo exigido en el numeral 3º del articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, debía aclarar el monto que reclamaba ya que indicó que devengaba 1.071,30 y demandó por 749,91 y no explicó si el trabajador recibió dinero en su estadía en la empresa. En consecuencia se le ordenó a la parte demandante que corrigiera la solicitud dentro del lapso de (2) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, carga que no cumplió, sin realizar ningún otro acto de procedimiento desde el 16 de febrero de 2009, que fue su única actuación.
II
ARGUMENTACIÓN
De las actas procesales que conforman la presente causa se evidencia, que después de interpuesta la demanda, en la cual se solicita COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, la parte accionante no realizó otro acto de procedimiento.
Así pues, esta inactividad referida a la no realización de ningún acto de procedimiento, constituye una actitud negativa u omisiva de las partes, y en este caso concreto, de la parte actora, que debiendo impulsar el proceso no lo hizo, situación que configura lo que se ha denominado PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.