REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Los Rastrojos, 04 de Noviembre de 2010
Años: 200° y 151°.-
Expediente N°: 1666-10
Demandante: Abg. LEOPOLDO JOSE PULIDO HERNANDEZ, Endosatario en Procuración del ciudadano, ALEXIS ROBERTO MIQUILENA.
Demandado: FERNANDO TORRES

Vista las diligencias cursantes a los folios 21 y 24, presentadas por los ciudadanos FERNANDO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 4.609.678, debidamente asistido por la Abogada YENTTY GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.019, y LEOPOLDO PULIDO, en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano ALEXIS ROBERTO MIQUILENA, titular de la cédula de identidad Nº 3.832.564, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado. En consecuencia, se ordena homologar la transacción, suscrita por los ciudadanos anteriormente identificados, en fecha 08-10-2010, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley imparte su HOMOLOGACION, en los mismos términos expresados por las partes involucradas en el presente proceso. Se da por terminado el presente juicio. Se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial en su oportunidad, para su cuidado y manejo. Cúmplase.-
El Juez.,

Abog. ANTONIO JOSÉ ILLARRAMENDI M.

La Secretaria Temporal.,

Abog. Daliana Silva de Mojica.