REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de noviembre de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2006-004668

PARTE ACTORA: NARCISO RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, HILARIO ANTONIO SUÁREZ ORTIZ y LUIS RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.272.157, 3.535.646 y 4.072.338.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: WINSTON CONTRERAS CHUECOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 10.648.

PARTE DEMANDADA: MARIA TERESA SUÁREZ ORTIZ, LILA DEL CARMEN SUÁREZ DE PÉREZ, FRANCISCO JOSÉ SUÁREZ ORTIZ, JHISELL VIRGINIA SOTELDO SUÁREZ, MANUEL JOSÉ SOTELDO SUÁREZ y JOSE ANGELO RODRÍGUEZ PERDIGAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.087.997, 3.541.304, 4.377.169, 10.845.392, 14.880.165 Y 12.025.123, los seis primeros en su condición de comuneros vendedores y el último en su condición de comprador.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO POR RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO

Se inició el presente juicio de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentada por los ciudadanos NARCISO RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, HILARIO ANTONIO SUÁREZ ORTIZ y LUIS RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.272.157, 3.535.646 y 4.072.338, a través de apoderado judicial, abogado WINSTON CONTRERAS CHUECOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 10.648 contra los ciudadanos MARIA TERESA SUÁREZ ORTIZ, LILA DEL CARMEN SUÁREZ DE PÉREZ, FRANCISCO JOSÉ SUÁREZ ORTIZ, JHISELL VIRGINIA SOTELDO SUÁREZ, MANUEL JOSÉ SOTELDO SUÁREZ y JOSE ANGELO RODRÍGUEZ PERDIGAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.087.997, 3.541.304, 4.377.169, 10.845.392, 14.880.165 Y 12.025.123, los seis primeros en su condición de comuneros vendedores y el último en su condición de comprador. En fecha 08/12/2006 este Tribunal admitió la presente demanda (f. 26). En fecha 06/02/2007 diligencio el Alguacil consignando recibos de Citación firmado por los ciudadanos José Ángelo Rodríguez Perdigao y Maria Teresa Suárez Ortiz (f. 27 al 29). En fecha 08/02/2007 diligencio el Alguacil consignando recibo de Citación firmado por la ciudadana Jhisell Virginia Soteldo (f. 30 y 31). En fecha 22/02/2007 diligencio el Alguacil consignando recibo de Citación firmado por la ciudadana Lila del Carmen Pérez y sin firmar la de los ciudadanos Manuel José Soteldo y Francisco Suárez Ortiz (f. 32 al 43). En fecha 14/04/2007 diligencio el abogado Winston Contreras, solicitando la citación por carteles de los co-demandados (f. 44). En fecha 24/04/2007 se dicto auto acordando la citación por carteles a los co-demandados (f. 45 al 47). En fecha 21/05/2007 corrigiendo las compulsas libradas (f. 48 y 49). En fecha 18/06/2007 diligencio el Abogado WINSTON CONTRERAS, consignando ejemplares de cartel de citación publicado en el diario el Informador e Impulso (f. 50 al 52). En fecha 13/05/2007 diligencio la secretaria de este despacho informando que fijo el respectivo cartel del ciudadano Manuel José Soteldo de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil (f. 53) En fecha 20/07/2007 diligencio la secretaria de este despacho infirmando que se trasladó y fijó el cartel de citación del ciudadano Francisco José Suárez de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil (f. 54). En fecha 24/09/2007 diligencio el Abogado WINSTON CONTRERAS, solicitando se designe defensor ad-litem en la presente causa. (f. 55). En fecha 27/09/2007 se dicto auto designando Defensor Ad-liten al abogado Benjamín Díaz (f. 56). En fecha 14/11/2007 diligencio el Alguacil consignó sin firmar boleta de Notificación del ciudadano Benjamín Díaz, en condición de Defensor Ad-litem (f. 57 al 59). En fecha 29/11/2007 diligencio el abogado Winston Contreras, solicitando se nombre otro Defensor (f. 60). En fecha 04/12/2007 se dicto revocando la designación del defensor Ad-Litem y designar al Abogado Julio Colina (f. 61). En fecha 25/01/2008 diligencio el abogado Julio Colina, presentando excusas por no poder atender el presente asunto como defensor Ad- Litem (f. 62). En fecha 28/02/2008 diligencio el Abogado Winston Contreras Chuecos, solicitando se nombre defensor Ad-Litem en la presente causa (f. 63). En fecha 04/03/2008 se dicto auto revocando la designación del defensor Ad-Litem y designar un nuevo defensor, abogado MANUEL MENDOZA (f. 64). En fecha 07/0572008 diligencio el abogado Wuistón Contreras, informando que uno de sus representados falleció en fecha 12-04-08, por lo que consigna copia certificada del acta de defunción. (f. 65 y 66). En fecha 19/06/2008 diligencio la ciudadana Reina Morales y otras, asistidas por el Abg. Winston Contreras Chuecos, en la cual solicitan se les informe cuales son los documentos que deben traer y el procedimiento a seguir (f. 67 y 68). En fecha 25/06/2008 se dicto auto donde este Tribunal niega lo solicitado por cuanto no hay materia por la cual decidir (f. 69) En fecha 07/08/2008 diligenciaron las ciudadanas REINA ISABEL MORALES DE SUAREZ, MARIA VERONICA SUAREZ MORALES, ANA MARIA SUAREZ y MARIA ISABEL SUAREZ MORALES, titulares de la cédulas de identidad N º 3.315.604, 15.668.160, 12.027.012 y 13.408.315 y otorgaron Poder Apud-Acta al Abogado WINSTON CONTRERAS, inscrito en el I.P.S.A Nº 10.648 (f. 70). En fecha 01/10/2008 diligencio la Ciudadana REINA MORALES DE SUAREZ, asistida por el abogado WISTON CONTRERAS, consignando copia certificada de la Declaración de Único universales herederos para la continuación de la causa (f. 71 al 98). En fecha 29/10/2008 se dicto auto acodando librar edicto de conformidad con el art. 231 para llamar a los herederos desconocidos del ciudadano HILARIO ANTONIO SUAREZ ORTIZ. (f. 99 al 101). En fecha 30/10/2008 diligencio la ciudadana Reina Morales, asistida por la Abogada Josefa Jiménez, solicitando al Tribunal copia certificada de todo el asunto. (f. 102 y 103). En fecha 11/11/2008 se dicto auto de avocamiento de la Juez temporal Keydis Pérez Ojeda y acoradazo las copias certificadas (f. 104). En fecha 24/11/2008 diligencio el Abogado Winston Contreras, solicitando al Tribunal se revoque por contrario imperio el auto de fecha 29/10/08. (f. 105 al 107). En fecha 09/12/2008 se dicto auto dejando sin efecto el auto de fecha 29/10/2008 y ordenándose llamar personalmente a los herederos conocidos de Hilario Antonio Suárez Ortiz. (f. 108 al 113). En fecha 19/02/2009 diligenciaron las ciudadanas REINA MORALES, MARIA SUAREZ, ANA SUAREZ, MARIA ISABEL SUAREZ, asistida por el abogado WINSTON CONTRERAS, solicitando hacer valer sus derechos como herederas en la presente causa (f. 114 y 115). En fecha 02/04/2009 diligencio el Alguacil consignó boleta de Notificación firmada por el Abogada Manuel Mendoza, en su condición de defensor Ad-litem (f. 116 y 117). En fecha 06/04/2009 se realizo el acto de juramentación de Defensor Ad-Litem. (f. 118). En fecha 13/05/2009 diligencio el abogado Carlos Villadiego, en su condición de apoderado del co-demandado, consignado escrito de contestación de la demanda (f. 119 al 127) En fecha 13/05/2009 diligencio el abogado WISTON CONTRERAS, consignado copia del documento de compra venta y desiste de la acción del procedimiento en relación a la Ciudadana REINA MARIA VERONICA ANA MARIA Y MARIA ISABEL SUARES MORALES, renuncia al poder a los ciudadanos NARCISO RAFAEL Y LUIS RAFAEL SUAREZ ORTIZ consigna dirección para la notificación (f. 128 al 131) En fecha 20/05/2009 se dicto auto donde este Tribunal acuerda notificar mediante boleta, a los ciudadanos NARCISO RAFAEL SUAREZ ORTIZ Y LUIS RAFAEL SUAREZ ORTIZ, en presente juicio de RETRACTO LEGAL, sobre el escrito presentado por el mencionado abogado, en el cual Renuncia al Poder Apud Acta que para patrocinar este juicio, le fue conferido por su poderdante. (f. 132).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de este Tribunal de fecha 20/05/2009, se dicto auto donde este Tribunal acuerda notificar mediante boleta, a los ciudadanos NARCISO RAFAEL SUAREZ ORTIZ Y LUIS RAFAEL SUAREZ ORTIZ, en presente juicio de RETRACTO LEGAL, sobre el escrito presentado por el mencionado abogado, en el cual Renuncia al Poder Apud Acta que para patrocinar este juicio, le fue conferido por su poderdante, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de RETRACTO LEGAL, intentado por los ciudadanos NARCISO RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, HILARIO ANTONIO SUÁREZ ORTIZ y LUIS RAFAEL SUÁREZ ORTIZ, contra los ciudadanos MARIA TERESA SUÁREZ ORTIZ, LILA DEL CARMEN SUÁREZ DE PÉREZ, FRANCISCO JOSÉ SUÁREZ ORTIZ, JHISELL VIRGINIA SOTELDO SUÁREZ, MANUEL JOSÉ SOTELDO SUÁREZ y JOSE ANGELO RODRÍGUEZ PERDIGAO, antes identificados.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los dieciséis (16) días del mes de Noviembre de dos mil diez. AÑOS: 200° y 151°.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.-
MJP/dmg