REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-V-2008-002070

PARTE ACTORA: NANCY DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.690.227 y la firma Mercantil ALTAVISTA C.A, sociedad mercantil domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, registrada en el registro Mercantil Segundo del Estado Lara, bajo el N° 13 tomo 29-A de fecha 12 de Junio de año 2001.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.3.318.155, inscrito en el IPSA bajo el N° 15.226.

PARTE DEMANDADA: firma Mercantil ALTAVISTA C.A, sociedad mercantil domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, registrada en el registro Mercantil Segundo del Estado Lara, bajo el N° 13 tomo 29-A de fecha 12 de Junio de año 2001, contra GUAROS DE LARA C.A, sociedad mercantil domiciliada, registrada en el registro Mercantil Segundo del Estado Lara, bajo el N° 40 tomo 85-A de fecha 02 de Junio de año 2003, representada por el ciudadano CARLOS ALFREDO GARCIA IBAÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 6.241.010, de este domicilio,.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DESALOJO

Se inició el presente juicio de Desalojo, intentada por la ciudadana NANCY DE CASTILLO, y la firma Mercantil ALTAVISTA C.A, contra GUAROS DE LARA C.A, el cual se admitió a sustanciación en fecha 12/06/2008, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara (f. 16 y 17). En fecha 01/07/2008, compareció la parte actora consignado copias simples del libelo de demanda a los fines de librar la correspondiente (f. 19). En fecha 23/07/2008 el Alguacil consignó sin firmar compulsa de la Empresa Guaros de lara C.A. representada por Carlos Alfredo Garcia (f. 20). En fecha 30/06/2008 la parte actora consigna diligencia solicitando cartel de citación (f. 31). En fecha 04/08/2008 el Tribunal dicto auto donde acuerda cartel de citación (f. 32). En fecha 23/01/2009 la parte actora consigna cartel publicado (f. 34).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal fue en fecha 23/01/2008, donde la parte actora consigna cartel publicado hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de Desalojo, intentada por la ciudadana NANCY DE CASTILLO, y la firma Mercantil ALTAVISTA C.A, contra GUAROS DE LARA C.A,, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA .
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los Quince (15) días del mes de Noviembre de dos mil Diez. AÑOS: 200° y 151°.
La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.

MJP/Milagro