REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, quince de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-004268

DEMANDANTE: PEDRO JOSE PEREZ BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.425.265, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ROSA ELENA GIMENEZ R, impreabogado No. 39.379.

DEMANDADO: MILEIDA ZULAY GARCIA VAZQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.566.289, de este domicilio.
BENEFICIARIOS: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

Este Tribunal después de revisar y analizar la demanda, observa que los beneficiarios (De identidad omitida según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quienes conviven con su madre, se encuentra domiciliado en la Urbanización José Mariano Navarro de Tarabana, Calle 04, con avenida 7, casa Nº 051, Cabudare, Municipio Palavecino, del Estado Lara, y por cuanto el artículo 453 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes indica que el Juez Competente para conocer los casos previstos en el artículo 177 de la referida ley, es el de la residencia habitual del niño, niña y adolescente para el momento de la presentación de la demanda y en la resolución Nº 36, de fecha 30 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 9, indica que los Tribunales de municipio continuarán conociendo de las causas de obligación de manutención, en consecuencia, este Juzgado se declara incompetente por el territorio para conocer del asunto y procede a declinar la competencia al Juzgado del Municipio Palavecino de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Así se decide. Remítase con oficio.

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 15 de Diciembre de 2010. Años: 200º y 151º.

La Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

Abg. Alida Villasana de Andueza.
La Secretaria,

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1628-2.010, siendo las 09:29 a.m.
Avdea/rgh.- La Secretaria