REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 11 de mayo de de 2010
Años: 200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2001-001707

Revisadas las actuaciones que rielan en la presente causa quien Juzga se aboca al conocimiento de la presente causa penal, y vista la solicitud de EXTENSIÓN DE HORARIO, presentada por el Director del Centro de Tratamiento Comunitario DRA. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ a los fines de que se autorice al penado: FIGUEREDO ALEJO FELIX RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.843.782, beneficiado con la formula alternativa de cumplimiento de Pena (regimen abierto) quien pernocta en el referido Centro de Tratamiento Comunitario, debido a que el antes mencionado se desempeña como Obrero en una Cooperativa para Construcción y Trasporte R.L. “CERAHER”, TENIENDO UN HORARIO ESTABLECIDO DE 8:00 A.M. A 12:00 M. Y DE 3:00 P.M. A 7:OO P.M.; a los fines de proveer sobre el petitum el Tribunal lo hace en los siguientes términos:

Consta en autos que al penado de autos fue beneficiado con la concesión de la formula alternativa de cumplimiento de pena de “Establecimiento Abierto”, a cumplir en el Centro de tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández.

Consta igualmente en el asunto al folio 91 de la pieza 10 del presente solicitud EXTENSIÓN DE HORARIO, presentada por el Director del Centro de Tratamiento Comunitario DRA. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ a los fines de que se autorice al penado: FIGUEREDO ALEJO FELIX RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.843.782, beneficiado con la formula alternativa de cumplimiento de EPNA (regimen abierto) quien pernocta en el referido Centro de Tratamiento Comunitario, debido a que el antes mencionado se desempeña como Obrero en una Cooperativa para Construcción y Trasporte R.L. “CERAHER”, TENIENDO UN HORARIO ESTABLECIDO DE 8:00 A.M. A 12:00 M. Y DE 3:00 P.M. A 7:OO p.m., y lo realiza en la siguiente dirección: El Cuvi, calle Jse Antonio Páez con Av. Bolivar Nº 65-55; siendo el lugar de trabajo distante al sitio en el que penado pernocta.-
Cursa al folio 92 de la pieza 10 del presente asunto constancia de trabajo expedida en fecha 03/02/2010 suscrita por el ciudadano CARLOS AJEJOS, titular de la Cédula de Identidad Nª 7.420.846, presidente de la Cooperativa para Construcción y Trasporte r.l. “CERAHER”, en el que certifica que el ciudadano FIGUEREDO ALEJO FELIX RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.843.782, se encuentra trabajando desde noviembre de 2009; y a su vez oferta un trabajo al referido penado en la antes mencionado empresa en un horario de trabajo de Lunes a Sabado de 8:00 a.m. a 12 m. y de 3:00 p.m. a 7:00 p.m.

El artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece como deber del Estado garantizar un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Así mismo prevé el respeto al principio de la progresividad y reinserción del penado a la sociedad, a través de cumplimiento de la pena con formulas alternativas de índole distinto a la exclusiva reclusión carcelaria.

Siendo competente este Tribunal de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley de Régimen Penitenciario para pronunciarse con relación a lo peticionado por la directora del Centro de Tratamiento, quien de conformidad con la ley supervisa y controla la conducta del penado quien se encuentra actualmente cumpliendo pena en la modalidad de Régimen Abierto, siempre bajo la observancia a su progresividad dentro del Centro, de las autoridades competentes, quienes han considerado viable la extensión del horario a los fines que el penado continue laborando en la empresa, estima quien decide, procedente en derecho la concesión de tal EXTENSIÓN DE HORARIO, presentada por el Director del Centro de Tratamiento Comunitario DRA. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ a los fines de que se autorice al penado: FIGUEREDO ALEJO FELIX RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.843.782, beneficiado con la formula alternativa de cumplimiento de EPNA (regimen abierto) quien pernocta en el referido Centro de Tratamiento Comunitario, debido a que el antes mencionado se desempeña como Obrero en una Cooperativa para Construcción y Trasporte R.L. “CERAHER”, TENIENDO UN HORARIO ESTABLECIDO DE 8:00 A.M. A 12:00 M. Y DE 3:00 P.M. A 7:OO P.M.; el cual deberá cumplirse ceñido estrictamente a las condiciones impartidas por el delegado de prueba, y a su vez dando continuò cumplimiento a las obligaciones establecidas en la decisión mediante la cual este Juzgado otorgo el Regimen Abierto al penado de autos.-

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA al penado: FIGUEREDO ALEJO FELIX RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.843.782, actualmente beneficiado con la formula alternativa de cumplimiento de Pena (regimen abierto) quien pernocta en el Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernandez, la EXTENSIÓN DE HORARIO a los fines que continúe desempeñandose como Obrero en una Cooperativa para Construcción y Trasporte R.L. “CERAHER”, TENIENDO UN HORARIO ESTABLECIDO DE 8:00 A.M. A 12:00 M. Y DE 3:00 P.M. A 7:OO P.M., el cual deberá cumplirse ceñido estrictamente a las condiciones impartidas por el delegado de prueba, y a su vez dando continuò cumplimiento a las obligaciones establecidas en la decisión mediante la cual este Juzgado otorgo el Regimen Abierto al penado de autos.- Todo de conformidad con los artículos 1 y 2 de la ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, .-Notifíquese al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nílda Lucrecia Hernández, al penado, a la defensa y a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público todos con copia certificada de la presente decisión. Regístrese, publíquese, remítase, notifíquese y Cúmplase.

La Jueza de Ejecución Nro.3


Abog. Wendy Carolina Azuaje Perez


La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria