REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Juicio Nº 3
Barquisimeto, 18 de Mayo de 2010
200º y 151º


ASUNTO: KP01-P-2009-008738

CONSTITUCION DE TRIBUNAL UNIPERSONAL

Revisado el presente asunto, este tribunal de Juicio nº 3 emite el siguiente pronunciamiento:

1.- En la presente causa el Tribunal llamado a conocer conforme a las previsiones del Artículo 65 del Código Orgánico Procesal Penal es un tribunal Mixto, motivo por el cual se realizaron los sorteos y convocatorias a la Audiencia oral para la Constitución del Tribunal Mixto, la cual, se ha diferido en más de dos oportunidades, tal como se desprende de autos, siendo infructuosa la misma.

2.- En este sentido, tomando en consideración la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 164, el cual señala: “Realizada efectivamente dos convocatorias sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal…”. Esta Juzgadora observa que las audiencias para la Constitución del Tribunal Mixto se han diferido por la inasistencia de los candidatos o candidatas a escabinos, razón por la cual se considera prudente Constituir el Tribunal de forma Unipersonal a los fines de evitar dilaciones indebidas conforme a las previsiones del Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de garantizar el derecho al debido proceso contemplado en el Artículo 49 eiusdem. Así se decide.-

3.- Por lo anteriormente Expuesto, este Tribunal de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: Conforme a lo establecido en el Artículo 164 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, asume la competencia plena para el conocimiento de la causa y en consecuencia, se CONSTITUYE el Tribunal en forma UNIPERSONAL.

SEGUNDO: Acuerda fijar la Audiencia del Juicio Oral y Público para el día 08 de junio de 2010 a las 08:00 a.m.-

Regístrese, Publíquese, Notifíquese a las partes y Cítese a todos los que deben concurrir al Juicio. Cúmplase.-

La Juez



Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli

La Secretaria


Abg. Yesenia Boscán