REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 17 de Mayo de 2010
ASUNTO KP01-P-2007-010385
Visto y analizado el presente Asunto constata esta Juzgadora que riela al folio (28) Decreto de ARCHIVO FISCAL por parte del representante del Ministerio Público Abog. PEDRO LEÓN DAZA FREITEZ, a favor del ciudadano MIGUELANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 20.349.044, domiciliado en el sector Las Tunas II Calle Bolivar Casa Nº 12519 Quinta Bruzual, Cabudare Estado Lara, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1ero., del Código Penal. Motivo por el cual considera esta juzgadora que siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal se debe remitir el presente Asunto a la Fiscalia Novena del Ministerio Público del Estado Lara, y ordenar el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre el imputado, haciendo la salvedad que el mismo continuara detenido a la orden del Tribunal Quinto de Juicio. Así se decide.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se remite copia del presente Asunto a la Fiscalia Novena en virtud del ARCHIVO FISCAL, a favor del ciudadano MIGUELANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 20.349.044. SEGUNDO: Se acuerda el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre el imputado respecto al presente asunto. TERCERO: El imputado MIGUELANGEL DEL VALLE DURAN TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 20.349.044, seguirá detenido a la orden del Tribunal Quinto de juicio Asunto KP01-P-2009-001627, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO.
Publíquese la presente Decisión, notifíquese a las partes y remítase copia del presente Asunto a la aludida fiscalía en su debida oportunidad.-
JUEZ QUINTO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIA
|