REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 12 -05-2010
199° y 150°
ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO Nº KP02-L-2009-0908
PARTE ACTORA: JEANNETTE CAROLINA UZCANGA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.774.340
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: ELCY SANCHEZ CORDERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.611
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil VENESALUD C.A.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON APARICIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.233
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 12 de mayo del 2010, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el KELVIS CRESPO; quien señala que la parte actora ciudadano JEANNETTE CAROLINA UZCANGA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.774.340, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil VENESALUD C.A, comparece su apoderado abogado NELSON APARICIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.233. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 199° Y 150°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
EL DEMANDADO,
LA SECRETARIA
ABOG. ANNIELY ELIAS
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