REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: KP02-L-2009-002023
PARTE ACTORA: ALI JAVIER MUÑOZ VERA, FRANKLIN JOSE ARAQUE MUÑOZ, ALEXIS JOSE LAMPE CAMBERO, ROMULO JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, RUPERTO CRUZ SOTO, LUIS MAXIMO SANCHEZ SALINAS, YUCER MANUEL VILLEGAS GARCIA Y OTROS.
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: JUAN BRANDO Y JOSE BULLONES, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 119.586 y 102.240 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SOPORTES ELECTRICOS COMPANIA ANONIMA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 15 de marzo de 2010 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia que no comparecieron ninguna de las partes ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

La Jueza

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria

Abg. María Alexandra Odón