REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO NO. 2
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 4 de Marzo de 2010
Años: 199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-000588

Vista solicitud de revisión de medida presentada por la Abogada MARIA GOMEZ Defensora Privada del acusado: JOSE ANTONIO SUAREZ CORDERO, actualmente recluido en el Internado Judicial de Uribana, se observa de la revisiòn de las actas que se encuentra pendiente cumplir recomendación del Mèdico Forense, (2 y 3 de la segunda pieza) es por lo que SE ORDENA se oficie con carácter de URGENCIA se oficie al Internado Judicial de URIBANA, a los fines de que se traslade al interno, al Servicio de Oftalmología el proximo miércoles 10 de Marzo a la 1:00 de la tarde, solicitando al Servicio de Oftalmología, remita resultas del Informe Médico a este Tribunal, Información necesaria a los fines de emitir pronunciamiento sobre el petitum de la defensa. Anéxese al oficio del Servicio de Oftalmología copia de los folios 2 y 3 que cursan en el asunto. Una vez, conste en autos las resultas, el tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento sobre la solicitud de modificación de medida cautelar.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase.

La Jueza de Juicio No. 2


Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria