REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 08 -03-2010
199° y 150°
ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistida)
ASUNTO Nº KP02-L-2009-1424
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO TORO ROMAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.379.578
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil MASERCLEAN, C.A
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 08 de marzo del 2009, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para la celebración de la audiencia preliminar; el alguacil JEAN LEONARDO TUA, procedió a dar llamado ante las puertas de este Tribunal, a viva voz, a las partes en litigio, NO COMPARECIENDO ninguna de las partes. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando desistido el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino. Conformes firman.
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABOG. JOSELYN CARDENAS
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