REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolivar, diecinueve (19) de marzo de dos mil diez (2010).
199º y 151º
ASUNTO: FP02-V-2009-001942
Resolución Nº: PJ0262010000071

Vista la anterior demanda de OFERTA REAL Y DEPOSITO presentada por la ciudadana: YSIS AMARELYS FIGUERA HERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.163.415, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el ciudadano: VICTOR BARRIOS, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 124.375 de este domicilio, a favor del ciudadano: JOSE ANTONIO SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.016.570 de este domicilio, este Tribunal observa que las disposiciones sobre el procedimiento de consignaciones arrendaticias previstas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, exigen el arrendatario consignen ante el Tribunal la suma ofrecida a los fines de ponerla a disposición del beneficiario.

En el presente caso se observa que la arrendatario consignó copia fotostática del Cheque de Gerencia N° 03082287 del Banco Guayana a nombre del ciudadano: JOSE ANTONIO SOTO y no consigno el original del cheque a nombre del beneficiario, por tales motivos se Declara Inadmisible la presente demanda de OFERTA REAL Y DEPOSITO presentada por la ciudadana: YSIS AMARELYS FIGUERA HERNANDEZ. Así se decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los diecinueve (19) día del mes de Marzo del año dos diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria Acc,

Helene N. Lanz Golding

La anterior decisión fue publicada en su misma fecha. Siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).
La Secretaria Acc,

Helene N. Lanz Golding









NAR/hg/enilse.