REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-S-2010-005314
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano: HENRI FALCON FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No: V.-7.031.234, en representación del Estado Lara y en su carácter de GOBERNADOR DEL ESTADO LARA, según Acta de Proclamación publicada en Gaceta Oficial del Estado Lara Ordinaria No. 11.474 de fecha 27 de Noviembre de 2008 y el Abogado ARVIS SEGUNDO CANELÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.720.661, actuando en este acto como PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO LARA, tal y como consta en Gaceta Oficial Ordinaria del Estado Lara No. 11.717 de fecha 17/12/2008, Decreto No. 00069 de la misma fecha, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías en un terreno ejido, ubicado en la Avenida Las Palmas de la ciudad de Barquisimeto, del Municipio Iribarren del Estado Lara, específicamente en el Hospital Central Dr. Antonio María Pineda, que ocupa un área de terreno de Dos Mil Ciento Un Metros cuadrados con Ochenta y Tres Decímetros cuadrados (2.101,83 m2), cuyos linderos generales son, NORTE: En parte con el estacionamiento de la Consulta Externa de Hospital Central Universitario Dr. Antonio María Pineda que es su frente en línea de treinta y un metros con sesenta y nueve centímetros (31,69 m) y en parte con terrenos ocupados por la cancha deportiva de la sede de ALDESIR en línea de doce metros con veinte centímetros (12,20 m); SUR: con la Avenida Las Palmas en línea de cuarenta y dos metros con sesenta y nueve centímetros (42,69 m); ESTE: En parte con terrenos ocupados por la sede de ALDESIR en línea de diecinueve metros con veintidós centímetros (19,22 m), en parte con la cancha de ALDESIR en línea de treinta y un metros con veinte centímetros (31,20 m) y por último, en parte con lote donde se ejecuta la construcción de la sede de la Operación Sonrisa en línea de doce metros con sesenta y nueve centímetros (12,69 m); y OESTE: el área de Rehabilitación y Traumatología del Hospital Central Dr. Antonio María Pineda en línea de sesenta y tres metros con once centímetros (63,11 mts). El terreno sobre el cual se construyó la mencionada edificación posee un área total de terreno de dos mil ciento un metros cuadrados con ochenta y tres decímetros cuadrados (2.101,83 m²), la cual se denominó “Construcción de tres espacios de sala de espera, acondicionamiento de la plaza y construcción de estacionamiento para el área de emergencia del hospital Dr. Antonio María Pineda, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara”, obra que fue construida por la entidad Larense a través de la Fundación para el Mantenimiento de las Infraestructuras Públicas del Estado Lara, (INFRALARA), institución civil debidamente protocolizada ante el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito en fecha 08 de enero de 2004, bajo el No. 11, Tomo 1, cuya Acta Constitutiva y Estatutos se anexan marcados “C”, obra construida con recursos ordinarios, entre los meses de Mayo de 2.009 y Abril de 2.010; la misma posee dos (02) plantas; la Planta Baja (PB) con un área de construcción de seiscientos ochenta y seis metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (686,08 m2), donde se construyeron tres (03) locales comerciales, identificados con la nomenclatura: Local-A, Local-B y Local-C; y la Planta Alta (PA) con un área de construcción de seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados (642,25 m2) que incluye rampa de acceso para discapacitados. En dicha planta se construyeron un (01) local comercial identificado con la nomenclatura: Local-D, así como un (01) local para albergue social identificado con la nomenclatura: Local-E; para un área total de construcción de un mil trescientos veintiocho metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados (1.328,33 m2). Los locales comerciales del referido inmueble se alinderan de la siguiente manera: Local-A: posee un área aproximada techada de ciento sesenta y siete metros cuadrados con cincuenta y siete decímetros cuadrados (167,57 mts2), tiene un salón comedor, un área de autoservicios, una cocina, dos (2) salas de baño y un área destinada para depósito. Sus linderos particulares son Norte: con la plaza de acceso en línea de ocho metros con ochenta y seis centímetros (8,86m) y en su acceso publico exterior: Sur: en parte con la fachada central Este exterior, en línea de cuatro metros con veintiocho centímetros (4,28 m) el cual es su acceso de servicio y en parte con el Local-B, en línea de cuatro metros con cincuenta y ocho centímetros (4,58 m): Este: con la fachada Este de la edificación, en línea de veinte metros con ochenta y nueve centímetros (20,89 m) y Oeste: en parte con el pasillo interno de la planta baja en línea de diecisiete metros con catorce centímetros (17,14 m) y en parte con el Local-B en línea cuatro metros con veintiocho centímetros (4,28 m) y en línea de tres metros con setenta y cinco centímetros (3,75 m). Local-B: posee un área aproximada de diecisiete metros cuadrados con dieciocho decímetros cuadrados (17,18 mts2), tiene un solo ambiente y sus linderos particulares son Norte: con Local-A en línea de cuatro metros con cincuenta y ocho centímetros (4,58 m). Sur: con la escalera de acceso al Local-E en la planta alta, en línea de cuatro metros con cincuenta y ocho centímetros (4,58 m); Este: Con el Local-A, en línea de tres metros con setenta y cinco centímetros (3,75 m) y Oeste: con el pasillo interno de la planta baja, en línea de tres metros con setenta y cinco centímetros (3,75 m). Local-C: posee un área aproximada de diecisiete metros cuadrados con veintiocho decímetros cuadrados (17,28 m2), tiene dos ambientes contiguos, uno debajo de la escalera de acceso al Local-B en la planta alta y el otro frente a la sala de espera con el mural de la artista Francis Barragán, sus linderos particulares son Norte: con el ala norte de la escalera de acceso al Local-E en la planta alta en línea de cuatro metros con cincuenta centímetros (4,50 m). Sur: sala de espera con el mural de la artista Francis Barragán en línea de ocho metros con ochenta y cinco centímetros (8,85 m), con acceso abierto. Este: con la fachada este de la edificación, en línea de tres metros con ochenta y cuatro centímetros (3,84 m) y Oeste: con el pasillo interno de la planta baja, en línea de tres metros con ochenta y cuatro centímetros (3,84 m). En la planta alta, Local-D: posee un área aproximada de ciento veintitrés metros cuadrados con veintiocho decímetros (123,28 m2), tiene dos (2) salas de baño y el resto un solo ambiente y sus linderos particulares son Norte: con la fachada norte de la edificación en línea de ocho metros con ochenta y seis centímetros (8,86 m). Sur: con el Local-E, en línea de ocho metros con ochenta y seis centímetros (8,86 m). Este: con la fachada Este de la edificación, en línea de trece metros con noventa y un centímetros (13,91 m) y Oeste: con el pasillo de circulación de la planta alta en línea de trece metros con noventa y un centímetros (13,91 m) el cual es su acceso. Local-E: posee un área aproximada de trescientos trece metros cuadrados con diecinueve decímetros cuadrados (313,19 m2), tiene dos (2) salas de baño con duchas y el resto en un solo ambiente y sus linderos son: Norte: parte con el Local-D, en línea de ocho metros con ochenta y seis centímetros (8,86 m), parte con el pasillo de circulación de la planta alta, en línea recta de dos metros con ochenta centímetros (2,80 m), la cual es su acceso, y parte con la doble altura sobre la sala de espera de la información en línea de recta de seis metros con nueve centímetros (6,09 m); Sur: parte con la escalera de acceso a la planta alta en línea de ocho metros con ochenta y seis centímetros (8,86 m) parte con la fachada sur de la edificación, en línea quebrada de nueve metros con tres centímetros (9,03 m); Este: en parte con la fachada este de la edificación, en línea de seis metros con noventa y ocho centímetros (6,98 m) y en parte con la doble altura sobre la sala de espera con el mural de Francis Barragán, en línea de diecisiete metros con treinta y cinco centímetros (17,35 m) y Oeste: con el pasillo de circulación de la planta alta, en línea de trece metros con noventa y un centímetros (13,91 m) el cual es su acceso y que tiene un valor de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs F. 10.000.000,oo), los cuales constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ESTADO LARA, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías antes descritas que ejerce el ESTADO LARA, a través del Gobernación y de la Procuraduría General Del Estado Lara . A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
El Juez La Secretaria.,
Abg. José Alfonso Ochoa.
Audrey Lorena Pinto.
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En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/fji
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