REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2007-001580
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por el Abogado ZALG SALVADOR ABI HASSAN, Inpreabogado Nº 20.585, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, éste Tribunal homologa al mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Se ordena devolver los documentos originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 eiusdem. Archívese el presente expediente.

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adán Cordero




OERL/mslp