REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-S-2008-011472

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana RAFAELA COROMOTO ESCALONA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.383.497, este Tribunal niega su admisión por cuanto en fecha 01/03/2010 entro en vigencia la Ley de Registro Civil donde establece que la Jurisdicción para conocer la solicitudes de Rectificaciones este Tribunal perdió la jurisdicción para conocer la misma. Déjese copia.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ

La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

MJP/Milagro