REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-S-2010-003960

La ciudadana MIREYA MARINA CUBAS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-1.767.673, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU SENTENCIA DE DIVORCIO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su ex-esposo como “HUMBERTO” siendo lo correcto “UMBERTO” sin la letra “H”.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Sentencia de Divorcio de la ciudadana MIREYA MARINA CUBAS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 1.767.673, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su ex-esposo como “UMBERTO” sin la letra “H” En consecuencia, se ordena a la Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Sentencia de Divorcio de fecha 02-12-1969. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Veintidós (22) días del mes de Junio de dos mil Diez.- Años. 200º y 151º.-
La Juez., La Secretaria.


Abg. Eunice B. Camacho M. Abg. Bianca Escalona

Publicada a la fecha.

EBCM/B.E/a.c.-
La suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara CERTIFICA la exactitud de la copia anterior la cual es traslado fiel de su original que se encuentra inserto en el Expediente Nº KP02-S-2010-003960. En Barquisimeto en la fecha ut-supra.

LA SECRETARIA.