REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUIC IO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA


Barquisimeto, 17 de junio de 2010
Años: 200º y 151°

ASUNTO: KP01-P-2009-004208

REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por el Defensor Privado abogado Mario Briceño inscrito en el impreabogado bajo el número 113.823, en su carácter de defensor del ciudadano LEONARDO DAVID TIMAURE HERNANDEZ, cédula de identidad Nº:19.105. 439, donde solicita que las presentaciones periódicas de su representado sean ampliadas, que le permitan continuar con sus labores, se observa de la revisión del Sistema Juris 2000, que el imputado de autos ha cumplido la medida cautelar de presentación cada treinta (30) días, impuesta en fecha 28-10-2009, por el Tribunal en funciones de Juicio.

Ahora bien, luego de determinar que efectivamente el imputado LEONARDO DAVID TIMAURE HERNANDEZ, cédula de identidad Nº:19.105. 439, se encuentra sometido a una medida de presentación periódica, la cual está siendo cumplida con regularidad y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que la solicitud de la Defensa es considerada procedente, estimando el Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos del imputado y no afectaría el proceso en sus resultas, es por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que este Tribunal en funciones de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor del Imputado LEONARDO DAVID TIMAURE HERNANDEZ, cédula de identidad Nº:19.105. 439, por lo que el mismo deberá presentarse cada 45 días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000.

Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, al Defensor Privado y al Imputado. Cúmplase y Regístrese.


Juez de Juicio Nº 04
Abg. Leila Ibarra Secretaria Administrativa