REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 15 de Junio de 2010

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-2010-001318
“AMPLIACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR”:

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Quinto de Control del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud de fecha 10 de Junio de 2010, efectuada, por el defensor ALMARINA FERRER GUERRERO, quien actúa como defensor del ciudadano MARÍA DANIELA GÓMEZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.997.885, en la cual solicita que se amplié la medida de presentación de ocho (08) días a cada cuarenta y cinco (45) días , ya que su defendida necesita más tiempo para dedicarse a sus estudios, de medicina los cuales realiza en la ciudad de San Juan de Los Morros.

Motivación para decidir
Estima quien acá decide, que una vez revisado el JURIS 2000, se constata que la imputada a cumplido a cabalidad, la medida impuesta, considerando que lo mas ajustado a derecho seria otorgar a la imputada MARÍA DANIELA GÓMEZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.997.885, la ampliación del régimen de presentación a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, Garantizando así el Derecho al Estudio consagrado en los artículos 102, y 103 de la Carta Magna. Así se Decide.


DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Quinto de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: AMPLIA EL REGIMEN DE PRESENTACIÓN, a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, a favor de la imputada MARÍA DANIELA GÓMEZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.997.885, Garantizando así el Derecho al Estudio consagrado en los artículos 102, y 103 de la Carta Magna.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

JUEZ QUINTO DE CONTROL

MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIO (A)