REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EL TOCUYO
Años: 200° y 151°
En el día de hoy Jueves Primero (01) de Julio del Dos Mil Diez (2010), siendo la hora de las (9:20) Minutos de la Mañana; se Trasladó y Constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas Del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en la Calle 13 entre Carrera 7 y Avenida Fraternidad, Casa de Color Azul con Rejas Blancas, N° 7-71, ubicada en la Urbanización Pío Tamayo en esta ciudad de el Tocuyo Municipio Morán del Estado Lara. Constituido el Tribunal por los Abogados Douglas Javier Molina Fernandez (Juez Ejecutor) y Manuel Dias Assuncao (Secretario). Presente la Parte Actora el Abogado en ejercicio Julio Jaspe e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.647, actuando en este acto como Apoderado Judicial de la ciudadana Aida Isabel Orellana de Jimenez, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 419.162, a los fines de dar cumplimiento a la Medida de Desalojo Decretada por el Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha Nueve (09) de Junio del Dos Mil Diez (2010). Seguidamente el Tribunal hizo los Toques de Ley en la Casa, ya descrita, y esperó un Lapso de Diez (10) Minutos y no habiendo personas en dicho inmueble, se procedió a entrar por la puerta del Garage que se encontraba abierta hasta la puerta principal de la vivienda que se encontraba cerrada, por lo que se hace necesario la Designación de Un (01) Cerrajero para abrir dicha puerta. Se designa como tal, al ciudadano Jhoan Hernández, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.133.289, quien estando presente, acepta el cargo y Jura Cumplir fiel y cabalmente las Obligaciones Inherentes al mismo. Seguidamente este Tribunal deja constancia que en el presente inmueble no existen bienes muebles ni personas. Seguidamente este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace entrega del inmueble, antes descrito, a la parte demandante libre de bienes y personas, quien lo recibe en este acto de manos del Tribunal con sus respectivas llaves. Es todo, se Leyó y se Terminó, siendo las (9:50) Minutos de la Mañana y conformes firman: El Juez Titular Abg. Douglas Molina (fdo) firma ilegible; La Parte Actora Abg. Julio Jaspe (fdo) firma ilegible; El Cerrajero Jhoan Hernández (fdo) firma ilegible; El Secretario Abg. Manuel Dias.
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