REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia publicada en fecha 25-05-2010, por el Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó por el procedimiento de admisión de los hechos a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, nacida el 09/04/90, edad: 20, natural de Barquisimeto, Estado Lara; domiciliada Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación, Teléfono: 0251-4541876, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, previsto en el articulo 31 encabezado en concordancia con el 46 ordinal 5 del la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicas y relacionada con el articulo 84 del Código Penal y el 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Corresponde a este órgano jurisdiccional EJECUTAR EL CÓMPUTO DE LA PENA IMPUESTA, en atención a las funciones propias, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 484 ejusdem.
TIEMPO DE DETENCIÓN:
En atención a lo establecido en el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal: “Se descontará de la pena a ejecutar la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso. En consecuencia, solo se tomará en cuenta el tiempo que el penado hubiese estado efectivamente privado de su libertad”.
Fue detenido preventivamente el día 07-04-2009, se le cambió el sitio de reclusión otorgándole Medida Cautelar Sustitutiva de Detención Domiciliaria el 20-11-2009, conforme al Artículo 256 ordinal 1º Ejudem; por lo que permanece hasta la presente fecha (07-07-2010) detenido por el lapso de 01 AÑO Y 03 MESES, siendo que la pena impuesta de 03 AÑOS Y 10 MESES DE PRISIÓN, faltándole por cumplir 02 AÑOS Y 07 MESES, la cual EXTINGUE EL 07-02-2013.
Esta Juzgadora tomará las detención domiciliaria como privación preventiva de libertad y que solo cambia el sitio de reclusión del imputado, tendiendo a lo preceptuado en nuestra Carta Magna en sus artículos 2, 26 y 257, y de conformidad con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencias reiteradas de la Sala Constitucional signadas con los números 1836 de fecha 25 de Septiembre de 2004; y número 1046 de fecha 06 de mayo de 2003.
NO PODRÁ OPTAR AL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LOS NUMERALES 1 Y 4 DEL ARTÍCULO 60 DE LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.
Puede Optar a las MEDIDAS ALTERNATIVAS DEL CUMPLIMIENTO DE PENA, conforme artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (derogado), el hecho punible lo cometió antes de la reforma de fecha 04-09-2009 del Ejusdem.
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al tener cumplido 1/4 parte de la pena impuesta, es decir 11 meses y 15 días, a partir del 22-03-2010.-
2.-ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al tener cumplido 1/3 parte de la pena impuesta, es decir 01 año, 03 meses y 10 días, a partir del 17-07-2010.-
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al tener cumplido 2/3 parte de la pena impuesta, es decir 02 años, 06 meses y 20 días, a partir del 27-10-2011.-
ASÍ COMO TAMBIÉN A LA GRACIA CONFINAMIENTO: Al tener cumplido 3/4 parte de la pena impuesta, es decir 02 años, 10 meses y 15 días, a partir del 22-02-2012. Conforme al Artículo 53 del Código Penal
En relación a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal: Inhabilitación Política: durante el tiempo de la condena. Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad de la Autoridad: por 1/5 parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, que sería 09 meses y 06 días.
Notifíquese a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, a la defensa y a la penada, quienes podrán hacer las observaciones al cómputo practicado dentro del plazo de cinco días de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase copia certificada del presente auto al penado, al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia. Líbrese oficios a la Coordinación de la defensoría Pública, a los fines de que designe defensa, la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a los fines de que practique el Informe de Pronóstico de Comportamiento Futuro, ya que opta al DESTACAMENTO DE TRABAJO, así como también a la Comandancia General de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, a objeto que informe si la referida penada cumple con la Detención Domiciliaria. Solicítese los antecedentes penales. Líbrese traslado para el 19-07-2010 a las 8 am., hasta la UTASP. Se fija Audiencia de Imposición de cómputo para el 29-07-2010 a las 9 am. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada en los Archivos de este Tribunal. CÚMPLASE.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 04
EL SECRETARIO
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
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Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
A LA FISCALÌA DECIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO LARA, que este Tribunal, EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 484 ejusdem., correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am.
Notificación que se le hace a los fines previsto en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
EL NOTIFICADO ________________ FECHA _______________ HORA _____
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Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
A LA FISCALÌA DECIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO LARA, que este Tribunal, EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 484 ejusdem., correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am. Notificación que se le hace a los fines previsto en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
EL NOTIFICADO ________________ FECHA _______________ HORA _____
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
A LA FISCALÌA DECIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO LARA, que este Tribunal, EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 484 ejusdem., correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am.
Notificación que se le hace a los fines previsto en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
AL DEFENSOR PRIVADO ABOG. WILLIAM LISCANO, domicilio procesal calle 28 esquina carrera 17, Centro Profesional El Araguaney, piso 4, oficina 4-1, que este Tribunal EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
EL NOTIFICADO ________________ FECHA _______________ HORA _____
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Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
AL DEFENSOR PRIVADO ABOG. WILLIAM LISCANO, que este Tribunal EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
EL NOTIFICADO ________________ FECHA _______________ HORA _____
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
AL DEFENSOR PRIVADO ABOG. WILLIAM LISCANO, domicilio procesal calle 28 esquina carrera 17, Centro Profesional El Araguaney, piso 4, oficina 4-1, que este Tribunal EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, se encuentra bajo Detención Domiciliaría y se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 25-05-2010 a las 9 am.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE NOTIFICACION
A la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, en su condición de penado, domiciliada Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación, que este Tribunal EJECUTO LA SENTENCIA CONDENATORIA, acordó el trasladado para el día 19-07-2010 a las 8 am., hasta la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a los fines de Practicar el Pronóstico de Comportamiento Futuro, ya que opta al DESTACAMENTO DE TRABAJO y se fija Se fija Audiencia de Imposición de Cómputo para el 29-07-2010 a las 9 am.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
EL NOTIFICADO ________________ FECHA _______________ HORA _____
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
OFICIO N° ___________
CIUDADANO(A):
DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y REHABILITACIÓN DEL RECLUSO DEPARTAMENTO DE VIGILANCIA Y EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA
CARACAS.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, COPIA CERTIFICADA de la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, nacida el 09/04/90, edad: 20, natural de Barquisimeto, Estado Lara; domiciliada Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación, Teléfono: 0251-4541876, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
ANEXO LO INDICADO
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Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
OFICIO Nº: (________________ )
CIUDADANO (A):
DIRECTOR DE LA DIVISION DE ANTECEDENTES PENALES DEL
MINISTRO DEL PODER POPULAR DE RELACIONES INTERIORES.
UBICADO FRENTE A LA PLAZA CANDELARIA, EDIFICIO PARIS PISO 5
CARACAS.
Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitar se sirva remitir a este Tribunal CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES, correspondiente a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, nacida el 09/04/90, edad: 20, natural de Barquisimeto, Estado Lara; domiciliada Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación, Teléfono: 0251-4541876, condenada a TRES (03) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
OFICIO Nº: (________________ )
CIUDADANO (A):
JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitar se sirva practicar y remitir a este Tribunal con carácter de URGENCIA el Pronóstico de Comportamiento Futuro, conforme al Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (derogado), a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980. Opta a la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena como es el DESTACAMENTO DE TRABAJO, a partir del 22-03-2010, se encuentran bajo DETENCIÓN DOMICILIARIA, serán trasladada a esa unidad el día 19-07-2010 a las 8 am. Se le remite anexo al presente oficio copia certificada del cómputo de la pena impuesta. Así mismo se le insta confirmar la oferta de trabajo, consignada por la referida penada.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
ANEXO LO INDICADO
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE TRASLADO
Al Ciudadano COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA POLICIAL DEL ESTADO LARA, que deberá trasladar a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, el día 19-07-2010 a las 8 am., hasta la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a los fines de Practicar el Pronóstico de Comportamiento Futuro, conforme al Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (derogado), ya que opta al DESTACAMENTO DE TRABAJO, quien cumple DETENCIÓN DOMICILIARIA en Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
BOLETA DE TRASLADO
Al Ciudadano COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA POLICIAL DEL ESTADO LARA, que deberá trasladar a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, el día 29-07-2010 a las 8 am., hasta este Tribunal de Ejecución Nº 04, a los fines de la AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN, quien cumple DETENCIÓN DOMICILIARIA en Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
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Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2009-002783
OFICIO Nº: (________________ )
CIUDADANO (A):
COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA POLICIAL DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitar que informa a este Tribunal con carácter de URGENCIA sobre el cumplimiento de la Medida de Detención Domiciliaría impuesta a la ciudadana HERNÁNDEZ PACHECO DIOSELIN DEL CARMEN, Titular de la Cedula de Identidad Nº, 23.482.980, el cual reside en Colinas de San Lorenzo, Avenida Circunvalación Norte, calle Simón Bolívar casa sin Numero de color Amarilla, Frente a la Circunvalación. Se le remite boletas de traslado.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 04
ABOG. AMELIA JIMÉNEZ GARCÍA
ANEXO LO INDICADO.
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