REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 1
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 15 de Julio de 2010
Años: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P- 2004-000958

Reformado como fue el auto de ejecución de computo en fecha 29 de Junio de 2010 estableciendo el tribunal la oportunidad en que corresponde al penado: LEONEL ENRIQUE MARTINEZ PASTRAN C.I. Nro. 14.875.835 actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Uribana, el otorgamiento de formula alternativa de cumplimiento de Pena, al desprenderse de las actas que efectivamente el penado fue condenado por el primer delito que dio lugar a su detención en el asunto KP01-P-2003-000202 el 14 de Marzo de 2007 en tanto por el segundo delito que fue acumulado ventilado en el presente asunto fue condenado previamente el día 26/11/04 por lo cual no es susceptible de exclusión de las formulas alternativas al no darse el supuesto previsto en el ordinal 1º del artículo 500 como erradamente se estableció en el auto de Ejecución de computo de fecha 17 de Marzo de 2010 pues a la fecha de cometer el segundo delito por el cual fue condenado en el año 2004 el penado, no se encontraba cumpliendo condena alguna, circunstancia que una vez advertida por esta juzgadora, conllevo a la Reforma del Auto de Ejecución de Computo tal lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenando la tramitación por ante la UTASP del Informe Psicotécnico, toda vez que el único informe realizado al penado data del año 2007 siendo necesario la realización de un nuevo estudio Psicotécnico actualizado, que permita al tribunal valorar la pertinencia o no del otorgamiento de la formula alternativa peticionada por el penado y su defensa. Notifíquese del presente auto a las partes y RATIFIQUESE oficio a la UTASP. Regístrese, publiquese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 1

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria