REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO QUINTO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 20 de julio de 2010
Años 200° y 151º
ASUNTO: KP01-P-2010-002770
Recibido como ha sido en fecha 19 de Mayo del 2010 el Escrito contentivo de acusación privada presentado por el ciudadano Mercedes Esther Ramírez García y Luís Miguel Ángel Montes de oca Álvarez, domiciliados en la urbanización CAPAUPEL casa No. VU-19, ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara, de profesión Administradora la primera y Contador Publico el segundo, y titulares de las Cedulas de Identidades Nos. V-5.614.282 y V-7.336.834 asistidos por la Abogado EVA SOFIA LEAL BASTIDAS, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo en No. 41.974, titular de la Cedula de Identidad No. V-7.406.645 con domicilio procesal en la carrera 16 entre calles 24 y 25 edificio Centro Civico Profesional, piso 1 oficina 1 de esta ciudad Barquisimeto Estado Lara, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisión de dicha acusación privada y advierte que la misma versa sobre un delito de acción privada como lo es el delito de Difamación e Injuria previsto y sancionado en el artículo 442 con las agravantes del primer aparte y articulo 444 del Código Penal, que no esta evidentemente prescrita la acción, que no concurre ningún requisito de procedibilidad para intentar la acción penal y el escrito contentivo de la Querella, cumple con los requisitos establecidos en los artículos 400, 401 Y 409 del Código Orgánico Procesal Penal, se ADMITE LA ACUSACIÓN PRIVADA presentada en contra de los ciudadanos Beatriz Camacho, titular de la Cédula de Identidad No. 9.555.418, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-39 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Milagros Josefina Medina, titular de la Cédula de Identidad No. 7.424.170, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-61 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; German Pastor Jiménez Medina, titular de la Cédula de Identidad No. 4.721.927, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-06 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Leonor Cárdenas Niazoa, titular de la Cèdula de Identidad No. 1.277.799, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-27 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Lucy González, titular de la Cèdula de Identidad No. 10.912.589, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-57 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Jenny Mercedes Odeja de Apriles, titular de la Cédula de Identidad No. 7.314.715, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-20 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Miguel Apriles Corubba, titular de la Cédula de Identidad No. 7.349.451, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-20 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Juan José Colina, titular de la Cédula de Identidad No. 11.430.057, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-52 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; José Luís Pedraza Zambrano, titular de la Cédula de Identidad No.4.204.527, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-29 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Nelson Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad No. 4.069.903, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-67 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Orlando Villamizar, titular de la Cédula de Identidad No.3.300.982, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-35 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Elgis Mirella Silva, titular de la Cédula de Identidad No.7.355.254, domiciliado en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-17 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; María Sánchez, titular de la Cédula de Identidad No.5.243.574, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-80 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Lilian Nelly Urdaneta, titular de la Cédula de Identidad No. 12.723.610, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-77 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Marisol Martínez Calle, titular de la Cédula de Identidad No.5.242.120, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-58 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Adaimar Oropeza, titular de la Cédula de Identidad No. 12.242.859, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-33 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Mario Torrado, titular de la Cédula de Identidad No. 13.310.989, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-33 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara; Saúl Sánchez, titular de la Cédula de Identidad No. 3.759.981, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-83 ubicado en el Sector La Morenera, Jurisdicción de la Parroquia José Gregorio Bastidas, del Municipio Palavecino del Estado Lara y Milexa Peña titular de la Cédula de Identidad No. 7.319.310, domiciliada en la Urbanización CAPAUPEL, casa No. VU-79; de los Rastrojos, Jurisdicción de la Parroquia Josè Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara. En consecuencia téngase como querellantes a los ciudadanos Mercedes Esther Ramírez García y Luís Miguel Ángel Montes de oca Álvarez, y como querellados a los ciudadanos Beatriz Camacho, Milagros Josefina Medina, German Pastor Jiménez Medina, Leonor Cárdenas Niazoa, Lucy González, Jenny Mercedes Odeja de Apriles, Miguel Apriles Corubba, Juan José Colina, José Luis Pedraza Zambrano, Nelson Rodríguez, Orlando Villamizar, Elgis Mirella Silva, María Sánchez, Lilian Nelly Urdaneta, Marisol Martínez Calle, Adaimar Oropeza, Mario Torrado, Saúl Sánchez y Milexa Peña, Arriba identificados. SE ORDENA LIBRAR CITACION A LOS QUERELLADOS A LOS FINES DDE QUE DESIGNEN ABOGADO DEFENSOR, DEBIENDOSE ACOMPAÑAR COPIA CERTIFICADA DE LA ACUSACIÓN Y DEL PRESENTE AUTO DE ADMISION DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARRTICULO 409 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL.- Notifíquese a los Querellantes.- Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ QUINTO DE JUICIO
ABG. OSWALDO J. GONZÀLEZ A.
LA SECRETARIA