REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 23 de Julio del 2010
Años 200° y 151°

ASUNTO KP01-P- 2010-004952

“SOBRESEIMIENTO ORDINAL ARTICULO 318 ORD. 3ero.”

Vista la solicitud de Sobreseimiento de la Causa formulada por el representante del Ministerio Público, actuando de conformidad con lo dispuesto en los Artículos, 285 numeral 2 de nuestra Carta Magna, con los Ordinales 10º del articulo 37 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y el articulo 108 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Ordinal 1º del articulo 318 Ejusdem.

PRIMERO: El presente asunto se inició en fecha 01-04-2001 al encontrar al imputado incurso según el Ministerio Público en el delito de HOMICIDIO CULPOSO, y LESIONES CULPOSAS DE CARACTER GRAVES, LEVES y LEVISIMAS, previsto y sancionado en los artículos 411, en relación con el artículo 422 ordinales 1 y 2, 418 y 417 del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos.

SEGUNDO: El Ministerio Público fundamentó su solicitud de Sobreseimiento de conformidad con el artículo 318 Ord. 3ero. Y 48 numeral 8vo. Ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Motivo por el cual quien decide deja sentado que el sistema del ejercicio de la acción penal es un sistema semí- absoluto, por lo que respecta a los delitos de acción pública, ya que la titularidad y el ejercicio de la acción penal en dichos delitos pertenece al Estado a través del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 285 de la Constitución Bolivariana de la Republica de Venezuela, 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público 11, 24 y 108 del Código Orgánico Procesal Penal, aunque se permite a la víctima ejercer la acción penal mediante la querella correspondiente, razón por lo cual el Ministerio Público se encuentra facultado para solicitar el sobreseimiento de conformidad con el artículo 318 Ord. 3ero. Ejusdem. , tal como lo hizo en el presente caso.

Razón por la cual, esta Juzgadora considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de conformidad con el artículo 318 Ord. 3ero. Ejusdem., por el presente Asunto. Así se decide.

DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con el artículo 318 Ord. 3ero. Y el artículo 48 numeral 8vo. Ejusdem., en la causa seguida a ciudadanos AUN POR IDENTIFICAR.
Regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase.

JUEZ QUINTO DE CONTROL

MARISOL LOPEZ GONZÁLEZ


SECRETARIO