REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 02 de julio de 2010
Años: 200° y 151°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-004254
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por la ciudadana Taydeth del Carmen Aponte Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.123.725, este Tribunal de Control No 2º pasa a decidir en los siguientes términos:

Cursa al folio 22 Experticia de Reconocimiento Legal, Avalúo Real y constancia de posibles alteraciones Nº 9700-056-217-12-01, de fecha 28 de diciembre de 2007, practicada por Expertos adscritos a la Delegación Lara del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas donde se deja constancia de las siguientes características:
CLASE: CAMIONETA, MARCA: FORD, MODELO: F-150, COLOR: BLANCO, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, PLACA: 410-XLH, tiene un avalúo de Veintitrés (23.000,oo Bs) MIL DE BOLIVARES.
En la Experticia se concluye:

1- Chapa Identificadora donde de carrocería, ubicada en el tablero donde se leen los alfanuméricos AJF1PP32763, se encuentra ORIGINAL..

2- El serial de chasis donde se leen los alfanuméricos AJF1PP32763, se encuentra ORIGINAL.

3- La chapa identificador de carrocería ubicada en el lado izquierdo de la puerta se encuentra desincorporada

4- Posee un motor de ocho cilindros


Al folio 08 cursa providencia administrativa suscrita por el Abg. Norma Maria Cosenza Amarista, Fiscal Quinta del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 31 de enero de 2008, a través de la cual NIEGA la entrega del vehículo, por cuanto dada las condiciones en que se encuentra el vehículo.

Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que existen un solicitante, como lo es la ciudadana Taydeth del Carmen Aponte Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.123.725 y por cuanto riela en las presentes actuaciones, Copia del Documento de compra venta realizado entre los ciudadanos Taydeth del Carmen Aponte Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.123.725 y Richard José Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.962.654, debidamente autenticado ante la Notaria de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara de fecha 30 de enero de 2000, bajo el Nº 46, tomo 02 y 03 , presentado por la solicitante, si bien es cierto la experticia nos revela que estamos en presencia de un vehículo con la chapa identificador de carrocería ubicada en el lado izquierdo de la puerta desincorporada, que luego de efectuarse las experticia resultaron unas originales y otras desincorporadas, pero de la experticia realizada al vehículo se demuestra que estamos en presencia de un vehículo con seriales Originales, es por lo que este juzgador considera procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , por lo que debe hacerse la entrega del vehículo. Y así se decide

DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 2º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana Taydeth del Carmen Aponte Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.123.725. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial LA CONCORDIA, que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo CLASE: CAMIONETA, MARCA: FORD, MODELO: F-150, COLOR: BLANCO, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, PLACA: 410-XLH, SERIAL DE CARROCERIA: AJF1PP32763, SERIAL DE MOTOR: V-8, a la ciudadana Taydeth del Carmen Aponte Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nª 10.123.725. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.

JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL

EL SECRETARIO