REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 08 de Julio de 2010.
Año 200º y 151º

ASUNTO: KP01-P-2010-004823

Vista la solicitud del Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Lara, Abg. Rosmary Cristina Cordero Domínguez, en la que requiere autorización para la destrucción de los remanentes de las sustancias estupefacientes y psicotrópicas, incluyendo sus empaques, correspondiente a procedimientos recibidos en ese Despacho, sustancias depositadas en las salas de evidencias de los diferentes organismos de seguridad, ubicados en la jurisdicción del Estado Lara, y que especifica en los cuadros que se anexan, donde se detalla la naturaleza, tipo y cantidades, así como el numero asignado por la Fiscalia, numero del Tribunal, numero del CICPC y el numero de la experticia.

El Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, autoriza la destrucción de dichas sustancias, cuyo acto esta fijado para el 16-07-2010 a las 9:00 AM.

Por cuanto las sustancias no tiene uso terapéutico, el Tribunal se exime de notificar al Ministerio de Salud, a tenor de lo dispuesto en el último aparte del artículo 177 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrese notificación y oficio.

Juez de Control 1 (s)

BEATRIZ PEREZ SOLARES
Secretario

SAUL PARRA