Ciudad Bolivar, Ciudad Bolivar, 19 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO : FP02-V-2010-000622
RESOLUCIÓN N° PJ0842010000018
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINTIVA
Visto el Acuerdo realizado por las partes ciudadanos: CARLOS FRANKLIN ARCHILA y NOHEMI JOSEFINA HERNANDEZ, identificados en autos, ante este Tribunal en fecha 15/07/2010, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, autoriza el Acuerdo presentado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil, y Homologa dicho Acuerdo, por no ser contrario al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada formal de conformidad con lo previsto el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena devolver los documentos originales consignados con la demanda.- Déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PÉREZ
LA SECRETARIA (Acc.)
DRA. VERONICA JOSEFINA BARRETO
MAPP/VJB
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