REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 20 -07-2010
200° y 151°

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR


ASUNTO Nº KP02-L-2007-2124

PARTE ACTORA: ADELA ARRIECHE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 4.065.578

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: SILVA ALVAREZ JOSE JAVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.039

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil HIDROLARA, C.A

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANA MARIA COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.211

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 20 de JULIO del 2010, siendo las 9:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el alguacil de este despacho; quien señala que la parte actora ciudadano ADELA ARRIECHE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 4.065.578, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil HIDROLARA, C.A, comparece su apoderada abogada ANA MARIA COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.211. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


LOS COMPARECIENTES


LA SECRETARIA
ABOG. ANNIELY ELIAS