REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 12 de julio del 2010
200° y 151°
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ASUNTO Nº KP02-L-2009-1749

PARTE ACTORA: EDUARDO EMIRO PIRELA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.416153

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO EMIRO PIRELA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.482

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ENVI C.A, DIARIO HOY C.A., RAFAEL IGNACIO MONTES DE OCA GIL y al ciudadano JOSE JOAQUIN JIMENEZ MERCADO

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Fuerza Definitiva)


En fecha 30 de enero de 2009, se admite demanda interpuesta por el ciudadano EDUARDO EMIRO PIRELA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.416153y se ordena la notificación de la empresa demandada Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil ENVI C.A, DIARIO HOY C.A., RAFAEL IGNACIO MONTES DE OCA GIL y al ciudadano JOSE JOAQUIN JIMENEZ MERCADO

En fecha 09 de julio del presente año, el apoderado del demandante, presenta diligencia mediante la cual desiste del procedimiento instaurado en contra de las demandadas En consecuencia corresponde a este Juzgado pasar a pronunciarse al respecto del desistimiento del procedimiento.

En observancia a lo establecido en el Titulo V, Capitulo III del Código de Procedimiento Civil, norma cuya aplicación analógica se adopta por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en atención a lo manifestado por el trabajador de autos; la juez en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta sentencia y HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento efectuado por el ciudadano EDUARDO EMIRO PIRELA GONZALEZ, identificado en autos; en consecuencia se extingue la instancia. Por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente.


LA JUEZ,

Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO



LA SECRETARIA
ABOG. ANNIELY ELIAS