REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, cinco de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: KP12-V-2009-000238.-

DEMANDANTE: IROSKA DEL CARMEN MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.234.537.
ABOGADA ASISTENTE PARTE DEMANDANTE: LIGIA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.849.358, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 54.066.
DEMANDADA: JUAN BAUTISTA RIERA CANELON y UVENCIA DEL ROSARIO MORILLO de RIERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. 1.438.207 y 3.534.668, respectivamente, con domicilio en esta ciudad de Carora Municipio Torres del Estado Lara.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.-

Visto el Desistimiento realizado por la parte demandante en el presente juicio, en fecha 02 de Febrero del presente año, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se ordena el archivo del presente asunto y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial con sede en la ciudad de Carora. Se ordena devolver a la ciudadana Uvencia del Rosario Morillo de Riera los Cheques de Gerencia signados con los Nros. 00014574 y 00014598 por la cantidad de Un Mil Bolívares (Bs. 1.000, oo) y Cuarenta Bolívares (Bs. 40.oo) y en su defecto déjese copia certificada de los mismos. Se deja sin efecto la Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana Uvencia del Rosario Morillo de Riera y el Oficio signado con el Nº 2670-057/2010 dirigido al Gerente del Banco Bicentenario, librados en fecha 02-02-2009.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Cinco (05) de Febrero de 2.010. Años: 199° y 150°.
El Juez Provisorio,


Abog. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,


Abog. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 59-2009, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,


ABOG. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.