Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: TERESA MARIA CAPRIOTI ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.381.688 asistida por la abogada ANNI SYAREZ MORILLO inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 116.377 , en el cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, inserta en los libros llevados por ante el Registro Principal y la Parroquia CONCEPCION del Estado Lara, bajo el N:1827, folio 116 vto del año 1964 toda vez que en ella se incurrió en error al asentar el apellido de la solicitante como CAPRIOTI siendo lo correcto CAPRIOTTI (con doble T) a tal efecto acompaña la solicitud copia certificada de su partida de nacimiento, copia fotostática de su pasaporte, y fotocopia de la cedula de identidad del padre y de igual manera copia fotostática de la partida de nacimiento emanada de la arquidiócesis de Barquisimeto Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa: