REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO : KH02-X-2009-000073

Vista la transacción suscrita entre las partes en fecha 29/01/2010, en el presente juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por la abogada MARINELYS MORA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 92.030, contra el ciudadano LUIS ENRIQUE DIAZ SERRANO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. 2.108.150, de este domicilio, a través de su apoderada judicial abogada PASTORA SEIVA AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 90.082, con facultades para transigir (f. 53); este Tribunal observa:

PRIMERO: A fin de dar por terminado el procedimiento el demandado convino en cancelar a la demandante por concepto de honorarios profesionales causados en el juicio que por Prescripción Adquisitiva se sustanció en el expediente No. KP02-R-2008-315 la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00), mediante cheque descrito en la transacción.

SEGUNDO: Solicitaron se diera por terminada y finiquitada la acción interpuesta.

En consecuencia del análisis de lo anteriormente descrito, se evidencia que las partes se encuentran expresamente facultadas para llevar a cabo esta transacción y asimismo por cuanto la misma no es contraria a Derecho y versa sobre derechos disponibles, y reunido los requisitos de ley, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los tres días del mes de febrero de 2010. Años 199° y 150°.
La Juez
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
Eliana Gisela Hernández Silva
MJP/maria elisa