REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 8 de febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: KP01-P-2009-007081

Visto escrito presentado por la Abg. NAYIBE GARCIA, en su condición de Defensora privada, del acusado LEOSMER JOSE MERCADO SAAVEDRA, titular de la Cedula de identidad Nº V-17.104.495, en fecha 29/01/10, en el que solicita pronunciamiento con respecto a una Revisión de Medida la cual ratifica en el referido escrito, este Tribunal hace del conocimiento a la Profesional del Derecho que en fecha 29 de Enero del presente año, inserto a los folios 2, 3 y 4 del presente asunto consta pronunciamiento el cual por error no se notifico tal y como lo establece el artículo 177 del Codigo Orgánico Procesal Penal, por lo que se INSTA a la Secretaria Administrativa a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 177 ejusdem, notificando a todas las partes de la decisión de fecha 29/01/10.- Regístrese. Diaricese y Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 3 (TEMPORAL)

ABG. ELENA GARCIA MONTES

LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA

ABG. MARIA CAROLINA D´AQUARO