REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Nº 5
Barquisimeto, 22 de Febrero de 2010
199º y 151º

ASUNTO: KP01-P-2000-001938



Revisada la presente causa, con ocasión de la solicitud de entrega de vehículo formulada por la ciudadana MARIA MENDEZ DE VILORIA, relacionada con un vehículo MARCA FORD, MODELO ZEPHIR, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERIA AJ713P2640 AÑO 1981 PLACA JAH25K, este tribunal de Control nº 5 emite el siguiente pronunciamiento:

1.- En fecha 09 de diciembre de 1996 el funcionario SARGENTO MAYOR CARLOS MENDOZA CASTELLANOS, levanta acta policial, en la que deja constancia que la ciudadana MARIA GRACIELA MENDEZ DE VILORIA llevó un vehículo MARCA FORD, MODELO ZEPHIR, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERIA AJ71BP32640 AÑO 1981 PLACA KAR-977, a la sede del Comando de la Unidad estatal de Vigilancia y Tránsito terrestre Nº 51 a los fines de revisión y que pudo constatar que el mismo presentaba seriales adulterados motivo por el cual se procedió a la retención del vehículo.
2.- consta en acta policial de fecha 09 de diciembre de 1997 que el vehículo en cuestión no está solicitado y que registra a nombre de AGUILAR LUISA PARSTORA.

3.- Consta en autos experticia de reconocimiento técnico practicada por los funcionarios jerónimo Medina y Eusimio trina a un vehículo MARCA FORD, MODELO ZEPHIR, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERIA AJ71BP32640 AÑO 1981 PLACA KAR-977, el cual presentó chapa identificadora de carrocería falsa, no presenta el serial de compacto notándose evidencias de haber sido suplantada, incorporándole otro compacto con serial body nº 12160 original, en el cortafuego que se ubica en el área interna presenta otro body serial 32640 el cual es falso, el serial de seguridad se encuentra totalmente deteriorado presentando oxidación.

4.- Por otra parte, al folio 28 consta certificado de datos de fecha 09 de agosto de 1996, en el que un vehículo MARCA FORD, MODELO ZEPHYR AÑO 1981 COLOR AZUL S/CARROCERIA AJ71BP32640 S/MOTOR 6 CILINDROA se encuentra registrado a nombre del ciudadano LUISA AGUILAR, cédula de identidad nº v-4141523.

5.- En fecha 17 de marzo de 1998 el Juzgado Séptimo penal de la Circunscripción judicial del estado Lara, acuerda la entrega del mencionado vehículo MARCA FORD, MODELO ZEPHIR, COLOR AZUL, SERIAL DE CARROCERIA AJ71BP32640 AÑO 1981 PLACA KAR-977 a la ciudadana MARIA GRACIELA MENDEZ DE VILORIA, quien así lo solicitó en fecha 12 de enero de 1998.

6.- En fecha 18 de julio de 2000 se decreta el sobreseimiento de la causa seguida por el delito de adulteración de seriales tipificado en el artículo 358 tercer aparte del Código Penal vigente para el momento de los hechos.

7.- De la revisión del asunto, se observa que la solicitante presenta un Certificado de Registro de vehículo con una placa diferente auque hay coincidencia de seriales, en este sentido a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente, quien juzga estima necesario y así lo ordena, oficiar al Ministerio de Transporte y Comunicaciones a los fines de verificar si se trata del mismo vehículo con una sustitución de placas posterior al cambio del RAP. Notifíquese. Cúmplase.


El Juez

El Secretario

Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli