REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 2
Barquisimeto, 26 de Febrero de 2010 Años 199° y 150°

ASUNTO: KP01-P-2009-00736

AMPLIACION MEDIDA CAUTELAR

Corresponde a este Tribunal, examinar la solicitud de la ciudadana Yely María Rodríguez, en su condición de Madre del ciudadano José Manuel Rodríguez Urdaneta, C.I. Nº 23.813.807, en cuanto a la Ampliación de la Medida Cautelar señalada en el artículo 256 ordinal º3 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que pueda desempeñar una labor de Alistamiento Militar ya que admitido al mismo, a tal efecto se observa.

Revisado que la solicitud de Ampliación de Medida Cautelar obedece a que ha sido admitido en el Alistamiento Militar y verificado que en el tiempo transcurrido, el ciudadano José Manuel Rodríguez Urdaneta. No ha Violentado la actual Medida Cautelar de la que viene gozando, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Acuerda La Ampliación de la Medida Cautelar a Régimen de Presentación cada Quince (15) a Treinta (45) días. Y Así Se Decide.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
EL JUEZ

ABG. LUIS A. MARTINEZ
LA SECRETARIA