REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 13 de Enero de 2010

ASUNTO: KP02-L-2009-000661
PARTE ACTORA: WILLIAN RAMÓN FUENTES, JUAN MIGUEL FERNANDEZ, ALEXANDER RUIZ, ROBERTO CAMACARO, ALBERTO PEREZ, CARLOS IBRAIN CORDOBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.552.038, 12.701.513, 9.628.183, 11.263.611, 11.593.589 y 15.961.183.
PARTE DEMANDADA: DIFAHICA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ARNEM MOGOLLON, IPSA Nro. 82.552.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 13 de Enero de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; que la parte actora ciudadanos WILLIAN RAMÓN FUENTES, JUAN MIGUEL FERNANDEZ, ALEXANDER RUIZ, ROBERTO CAMACARO, ALBERTO PEREZ, CARLOS IBRAIN CORDOBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.552.038, 12.701.513, 9.628.183, 11.263.611, 11.593.589 y 15.961.183, no hicieron acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, sólo compareció por la parte demandada DIFAHICA, su apoderado judicial abogado; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

El Juez

Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
La Secretaria,
Abg. Margareth Sánchez


POR LA PARTE DEMANDADA,