REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara- Carora.
Carora, trece de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: KP12-S-2009-000130


Vista la solicitud de fecha 17 de Febrero de 2.009, de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana CELSA MARINA FIGUEROA DE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.364.467, de éste domicilio, asistida por el Abogado MIGUEL EDUARDO VASQUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 42.769, éste Tribunal para decidir observa: Ha transcurrido el lapso establecido en la solicitud sin que la parte interesada haya consignado los documentos requeridos mediante auto de fecha 25 de Febrero de 2.009. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente solicitud, se ordena el archivo del expediente.

La Jueza Provisoria,


Abg. Elizabeth Dávila
El Secretario,


Abg. José Fernando Camacaro Tovar


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 10-10, se publico siendo las 12:30 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.

El Secretario,


Abg. José Fernando Camacaro Tovar