REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-F-2010-000800
Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada, ciudadana MERCEDES MARIA CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.960.341, asistida por el Abogado Carlos Quintero, Inpreabogado Nº 22.148 en fecha 20/10/2010, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por el ciudadano LUIS RAFAEL CRESPO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese al Registro Civil de la Parroquia Union del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano LUIS RAFAEL CRESPO, nacido en fecha 27 de Octubre de 1977, en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de MERCEDES MARIA CRESPO, venezolana, mayor de edad.

El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Roger Adán Cordero