REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-003283
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por la abogada Ana Sonsiré Marín, Inpreabogado Nº 36.122 en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, éste Tribunal homologa al mismo; en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Se ordena la devolución de los originales, previa su certificación en autos. Archívese el presente expediente.



El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adán Cordero




OERL/ml