REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, dieciséis (16) de diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2009-009308
Examinas las actas procesales del presente asunto y vista la diligencia de fecha 22 de noviembre de 2010, suscrita por el abogado JULIO E. OSORIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.955, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HERASI PASCUAL SILVA SUAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.313.482, mediante la cual desiste de la demanda de Divorcio que intento en contra de la ciudadana MARIA ANGELICA ELÍAS CORONA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 13.094.711. En consecuencia, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes, dicho desistimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil y en virtud de que los cuadernos separados no tienen sentencia definitiva, se ordena el cierre y archivo de los mismo. Asimismo, se ordena la devolución de los originales previa certificación por Secretaria. Se acuerda el cierre y archivo del presente expediente, una vez que la presente decisión haya adquirido el carácter de firmeza. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K.