REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Diez (10) de Diciembre de Dos Mil Diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2010-000356
ASUNTO : FP11-L-2010-000356
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE ACTORA: Ciudadano JOSÉ ANTONIO MARCHAN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Población del Callao, del Municipio Autónomo del Callao, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.908.234.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Ciudadana VERONICA MENDOZA SEVILLANO, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.965.
PARTE ACCIONADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO EL CALLAO DEL ESTADO BOLÍVAR.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: Ciudadano JOSÉ RAFAEL MARQUEZ, Sindico Procurador de la Alcaldía Bolivariana del Callao, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 13.649.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 10 de Diciembre de 2010, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Juicio en la presente causa, se deja expresa constancia que las partes actora y accionada no comparecieron a la realización de la Audiencia Pública y Oral de Juicio, ni por sí, ni por medio de representante alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DEL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.
LA ABOGADA ASISTENTE.
ABOG. MILAGROS RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA DE SALA
ABOG. MAGLIS MUÑOZ.
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