REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EL TOCUYO
Años: 200° y 151°
En el día de hoy Miércoles Once (11) de Agosto del Dos Mil Doce (2010), siendo la hora de las (09:40) Minutos de la Mañana; se Trasladó y Constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas Del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en la Carrera 10 con Calle 10 en la sede de la sociedad Mercantil “Auto- Moto, Repuestos Simón C.A., en esta ciudad de El Tocuyo Municipio Morán del Estado Lara. Constituido el Tribunal por los Abogados Douglas Javier Molina Fernandez (Juez Ejecutor) y Manuel Dias Assuncao (Secretario). Presente la Parte Actora el Abogado en ejercicio Felix Cervo Lamas, Inscrito en el Inpreabogado N° 27.340, Actuando en este acto como Endosatario en Procuración del ciudadano Jose Manuel Gonzalez, a los fines de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo por el Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y Sandiego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha Trece (13) de Julio del Dos Mil Nueve (2010). Seguidamente el Tribunal procedió a Notificar de su Misión al ciudadano Julio Simón Rodríguez Gaudondo, titular de la cédula de identidad N° V- 7.982.189, quien dijo ser el Representante de la Sociedad Mercantil “Auto-Moto Repuestos Simón C.A.” y quien dio acceso al tribunal al inmueble para la practica de esta medida. Se hace necesario la Designación de Un (01) Depositario Judicial, se designa como tal, al ciudadano Guillermo Dominguez, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.730.194; adscrito a la depositaria Judicial de Barquisimeto C.A; y la designación de Un (01) Perito Evaluador, se designa como tal, al ciudadano Jhoan Hernández, Titular de cédula de Identidad N° V- 17.133.289, quienes estando presentes, aceptan el cargo y Juran Cumplir fiel y cabalmente las Obligaciones Inherentes al mismo. Seguidamente en este estado la parte demandada expone: Hago el pago por la cantidad de Ocho Mil Bolivares Fuertes (8.000 Bsf), Correspondiente a la suma adeudada, el monto de honorarios y las costas de la Ejecución. Seguidamente la Parte Actora expone: Acepto el pago hecho por la cantidad, ya señalada y desisto del procedimiento. El Tribunal estuvo custodiado por Funcionarios de la Guardia Nacional adscritos al Destacamento N° 49 de El Tocuyo, los ciudadanos: Sargento 2 Peña Matías, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 18.862.192 y Sargento Maestro de 3 Rodríguez Jesús Titular de la Cedula de Identidad N° V- 13.623.025. Es todo, se leyó y se Termino siendo las (11:05) de la mañana y conformes firman. El Juez Titular Abg. Douglas Molina (fdo) firma ilegible; La Parte Actora Abg. Felix Cervo Lamas (fdo) firma ilegible; El Perito Avaluador Jhoan Hernández (fdo) firma ilegible; El Depositario Judicial Guillermo Rodríguez (fdo) firma ilegible; El Secretario Abg. Manuel Dias.