REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
Siendo las 09:07 a.m, se constituyó este Juzgado en la Urbanización Macias Mujica, final de la calle 03, Municipio Iribarren, Estado Lara, lugar indicado por la parte actora como parcela objeto de la medida. Acompañados por los actores Abogados. Armando Goyo, Inpre 27.110, y Katherine Rincon, Inpre 115.629, y los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. En el sitio fuimos atendidos por todos los ciudadanos identificados tanto en el despacho como en el acta suscrita por este Juzgado, los cuales fueron plenamente notificados de la medida, leyendoles integramente el despacho de Interdicto de Amparo librado por el comitente, ordenádoles el cese de los actos de perturbación ejecutados, y que permitieran el paso del querellante a la parcela, manifestando los notificados entre otras cosas que no permitirián el acceso del querellante ni el inicio de la construcción. El Tribunal materializó la notificación e impuso a los notificados de las consecuencias inmediatas por el incumplimiento de la decisión. A las 11:00 a.m terminó el acto y se ordenó el regreso del Tribunal a la sede de origen.