REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO.1
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 19 de Agosto de 2010
Años: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-004096

Vista comunicación de la delegada de prueba notificando la incomparecencia del Ciudadano: JUAREZ JUAREZ ALEXANDER JOSE C.I. No. 25.136.856 a la UTASP para dar inicio a los trámites propios de la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena y visto que de la revisión de las actas se evidencia que el penado se encuentra privado de libertad a la orden del Tribunal de Juicio en el asunto KP01-2009-06374 con ultima información de reclusión en el Internado Judicial de URIBANA, en virtud de lo cual resulta de imposible cumplimiento cualquier trámite para la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, es por lo que pendiente como se encuentra de cumplir condena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES DE PRISION en la presente causa SE ORDENA LIBRAR BOLETAS DE ENCARCELACION todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Tribunal de Juicio que lleva la causa. Líbrese boletas de encarcelación y oficio al Internado Judicial de URIBANA. Notifíquese a la UTASP y a todas las partes. Regístrese publíquese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No.1

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez

La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria